La agencia estatal de administración tributaria es la organización administrativa responsable, en nombre y por cuenta del Estado, de la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y aduanero, es decir, es el ente público u organismo autónomo encantado de la gestión y recaudación de los tributos. La recaudación de la AEAT formará parte del tesoro público y estarán en la cuenta del tesoro público en el banco de España.La Agencia tributaria se crea mediante la ley de presupuestos de 1990 para el año 1991, ley 31/1990, de 27 de diciembre, de presupuestos generales del estado para 1991, BOE 311, de 28 de diciembre, con el nombre de “agencia estatal de administración tributaria” y es un ente derecho público con personalidad jurídica propia.
Corresponde a la AEAT el auxilio a los Juzgados y tribunales y al Ministerio Fiscal en la investigación, enjuiciamiento y represión de los delitos públicos dentro de las competencias que el ordenamiento jurídico les atribuye. Se regirá en su funcionamiento por la LGT, ley de procedimiento administrativo.
Contra los actos dictados por la AEAT, se interpondrán potestativamente recurso de reposición y, en la mayoría de los casos, reclamaciones económico administrativas. Contra éstas, cabrá acudir a la vía judicial
Su organización está formada por el Presidente, que será el secretario de Estado de Hacienda y que tendrá como función representar a la AEAT y la dirección del órgano. En segundo lugar, se encuentra el director general, nombrado por el Gobierno y un consejo superior de dirección de la AEAT, director general, secretario de política fiscal y territorial y otros cargos del ministerio de Economía.







